
Los puertos deportivos pertenecientes a la Asociación de Puertos Deportivos y Turísticos Marinas de Andalucía ubicados en Huelva, Cádiz, entre los que están Sotogrande y Alcaidesa, y Almería comenzaron ayer a reanudar alguna de sus actividades, al haber pasado esas provincias a la fase 1 del desconfinamiento.
A través de la Orden TMA/ 400/2020, de 9 de mayo, el Gobierno ha establecido las condiciones para el ejercicio de la navegación de recreo o deportiva y otras actividades aeronáuticas de recreo, dependiendo de la Fase del Plan de Desescalada en el que el territorio en cuestión se encuentre.
En esta fase, se permite la navegación de recreo pero con limitaciones, teniendo la consideración de turismo activo y de naturaleza. Se permite la navegación de personas que tengan su domicilio en la misma provincia en la que esté amarrada la embarcación.
En cuanto a la capacidad, para las personas que residan en el mismo domicilio el barco podrá ir al 100% de su capacidad; para personas que convivan en distintas residencias, podrán ir a bordo solo el 50% de las personas autorizadas en los certificados correspondientes de cada embarcación.
Las embarcaciones no pueden alejarse más de 12 millas desde el puerto y no se debe sobrepasar los límites costeros provinciales. Además, deberán adoptarse medidas de desinfección y refuerzo de las normas de higiene en las embarcaciones.
En cuanto a las visitas para las comprobaciones de seguridad y mantenimiento de las embarcaciones, el propietario o persona autorizada podrá residir en cualquier municipio de la provincia donde tenga amarrada la embarcación. Si bien, no se permite la visita si reside en otra provincia. Y solo puede acceder una persona al barco.
Por lo que respecta al alquiler de barcos y motos de agua está permitido. La empresa de alquiler y los usuarios deben estar en la misma provincia. En las motos náuticas solo podrá ir una persona a bordo, salvo personas que convivan en el mismo domicilio. En el caso de los barcos de alquiler, si todas las personas residen en la misma vivienda se podrá alcanzar el 100% de la capacidad del barco. Pero si los usuarios habitan en diferentes domicilios solo se podrá ocupar el 50% de las personas autorizadas en los certificados de la embarcación.