¿Hacia dónde va Gibraltar en el Brexit?
Por Robert Vasquez
Abogado y periodista gibraltareño

Foro
- 25 Ene
El ministro principal, Sr. Picardo, insiste en sugerir que el Protocolo de Gibraltar del Acuerdo de Retirada entre el Reino Unido y la UE y los Memorandos de Entendimiento que lo acompañan son "una base útil sobre la que construir", si no hubiera un Acuerdo de Retirada. El Gobierno de GSLP indica además que estaría dispuesto a adaptar estos acuerdos para suavizar el efecto sobre Gibraltar de cualquier Brexit que se produzca al no haber un acuerdo entre el Reino Unido y la UE.
Plantean la cuestión de que se da a España un elemento de control sobre los asuntos de Gibraltar, especialmente porque tales acuerdos tendrán que ajustarse a las leyes y requisitos de toda la UE. Los peligros se pueden ver al examinar estos acuerdos. La adaptación a la que se refiere el ministro principal es fundamental para que no pasen a España los elementos de control de los asuntos de Gibraltar.
Lo que el Sr. Picardo calificó de gran logro podría ser la mayor debilidad de Gibraltar, a saber, la inclusión de seis gibraltareños y un representante del Reino Unido, junto con siete representantes españoles, en el Comité Conjunto de Coordinación establecido entre el Reino Unido y España, para garantizar la correcta aplicación de los derechos de los ciudadanos en virtud del artículo 1 del Protocolo de Gibraltar.
Del mismo modo, la inclusión de representantes del Reino Unido y de Gibraltar en otras comisiones mixtas con España.
En todos los casos, la posibilidad de que surja una controversia en el seno de las comisiones pertinentes se ve reducida, ya que los representantes del Reino Unido tendrán más cuidado que los representantes de Gibraltar para que los amplios intereses del Reino Unido prevalezcan sobre los de Gibraltar. Si eso sucede, una opinión/voz conjunta inglés/español siempre ganará la partida, independientemente de las repercusiones que esto pueda tener en Gibraltar.
En este contexto, hay que recordar que el Protocolo de Gibraltar y los Memorandos de Acuerdo abarcan una gran variedad de temas, pero no deciden realmente ningún asunto relevante, más allá de la creación de foros de discusión para aplicar lo que no se ha decidido finalmente. Los peligros de esto son obvios, uno de los cuales es definir lo que se cubre de manera que pueda ampliar los asuntos que se van a discutir y decidir. Los temas tratados son los derechos de los ciudadanos, el tabaco y otros productos, la cooperación medioambiental, la cooperación policial y aduanera, la fiscalidad y la protección de los intereses financieros. En resumen, gran parte de lo que nuestro Parlamento está facultado para legislar. Todavía tenemos que ver qué es eso de los impuestos y la protección de los intereses financieros. Todavía no han sido publicados. ¿Por qué? Lo que quedará claro, sin duda, será la postura y actitud de España si estos acuerdos deben ser adaptados en el caso de un Brexit sin acuerdo. Indicarán la posición que adoptará España en caso de que se llegue a un acuerdo y tengan que ser renegociadas, antes del 31 de diciembre de 2020, las cuestiones relativas a Gibraltar. Hay que recordar que el Protocolo de Gibraltar y todos sus memorandos de entendimiento desaparecen en esa fecha si no se llega a un acuerdo de sustitución sobre Gibraltar, acuerdo que, necesariamente, tendrá que estar restringido dentro del marco de la legislación de la UE. Señor Picardo, es hora de dejar de discutir y de tomar en serio sus responsabilidades. Dígale a la gente de Gibraltar a lo que se enfrenta con el Brexit, si hay un acuerdo o no, seguramente la distinción es simplemente una de tiempo. O bien sucederá el 30 de marzo de 2019 o el 1 de enero de 2021, pero sucederá, a menos que haya un cambio completo de opinión en el Reino Unido que lleve a que permanezca dentro de la UE.
En este contexto, hay que recordar que el Protocolo de Gibraltar y los Memorandos de Acuerdo abarcan una gran variedad de temas, pero no deciden realmente ningún asunto relevante, más allá de la creación de foros de discusión para aplicar lo que no se ha decidido finalmente. Los peligros de esto son obvios, uno de los cuales es definir lo que se cubre de manera que pueda ampliar los asuntos que se van a discutir y decidir. Los temas tratados son los derechos de los ciudadanos, el tabaco y otros productos, la cooperación medioambiental, la cooperación policial y aduanera, la fiscalidad y la protección de los intereses financieros. En resumen, gran parte de lo que nuestro Parlamento está facultado para legislar. Todavía tenemos que ver qué es eso de los impuestos y la protección de los intereses financieros. Todavía no han sido publicados. ¿Por qué? Lo que quedará claro, sin duda, será la postura y actitud de España si estos acuerdos deben ser adaptados en el caso de un Brexit sin acuerdo. Indicarán la posición que adoptará España en caso de que se llegue a un acuerdo y tengan que ser renegociadas, antes del 31 de diciembre de 2020, las cuestiones relativas a Gibraltar. Hay que recordar que el Protocolo de Gibraltar y todos sus memorandos de entendimiento desaparecen en esa fecha si no se llega a un acuerdo de sustitución sobre Gibraltar, acuerdo que, necesariamente, tendrá que estar restringido dentro del marco de la legislación de la UE. Señor Picardo, es hora de dejar de discutir y de tomar en serio sus responsabilidades. Dígale a la gente de Gibraltar a lo que se enfrenta con el Brexit, si hay un acuerdo o no, seguramente la distinción es simplemente una de tiempo. O bien sucederá el 30 de marzo de 2019 o el 1 de enero de 2021, pero sucederá, a menos que haya un cambio completo de opinión en el Reino Unido que lleve a que permanezca dentro de la UE.