El papel, el poder y el deber del Presidente del Parlamento para con la democracia
Por Robert Vasquez
Abogado y periodista gibraltareño

Melvyn Farrell, presidente del Parlamento de Gibraltar
Foro
- 25 Mayo
*Los recientes acontecimientos han puesto de relieve las funciones del Presidente del Parlamento
*El Presidente del Parlamento es esencial para la democracia
*La catedral de la libertad de expresión y de la democracia funciona dentro de los procedimientos aplicados por el Presidente del Parlamento
*Dos características principales: autoridad e imparcialidad
*El Presidente del Parlamento sólo puede ser impugnado mediante una moción sistemáticamente condenada al fracaso
*El Presidente del Parlamento es elegido por mayoría parlamentaria
*El candidato lo elige el Ministro Principal tras consultar únicamente con el Líder de la Oposición
*La manera de nombrarle necesita una reforma, dentro de unas reformas electorales y parlamentarias más amplias
CARACTERÍSTICAS DEL JEFE
Los recientes acontecimientos ocurridos en el Parlamento han puesto de relieve la función, el poder y el deber del Presidente del Parlamento. Concretamente, la sentencia dictada a raíz de un incidente en el que se vieron implicados el diputado Roy Clinton y el actual Presidente del Parlamento, el Honorable Melvyn Farrell BEM, GMD, RD, JP.
No cabe duda de que la persona que ocupa el cargo de Presidente del Parlamento y la forma en que lo desempeña son cruciales para la labor de la institución central que protege la democracia, a saber, el Parlamento. Es la catedral de la libertad de expresión y de la democracia.
La catedral funciona dentro de los límites de las normas que rigen sus procedimientos, que son aplicadas por el Presidente del Parlamento, que tiene plenos poderes. El modo en que el Presidente ejerce sus funciones es, pues, importante para la protección y el fortalecimiento de la democracia.
AUTORIDAD E IMPARCIALIDAD
La «Práctica Parlamentaria» de Erskine May es la biblia de los usos y procedimientos que se siguen en los Parlamentos al estilo de Westminster. Destaca dos características primordiales que acompañan al cargo de Presidente. Una es la autoridad, la otra es la imparcialidad.
La reciente sentencia confirma que los diputados no deben cuestionar la autoridad del Presidente ni su imparcialidad, ya que hacerlo podría constituir una violación del privilegio, que puede acarrear graves consecuencias.
Un Presidente sólo puede ser impugnado mediante una moción formal presentada ante el Parlamento de acuerdo con los procedimientos pertinentes. Teniendo en cuenta, por una parte, la estructura actual del Parlamento, en el que el ejecutivo y el legislativo son uno y el mismo y, por otra, el método de nombramiento del Presidente, las posibilidades de éxito de una moción de este tipo rozan el cero si la presenta algún diputado de la Oposición. ELECCIÓN DEL PRESIDENTE La Constitución establece que el Presidente es nombrado por una resolución aprobada por mayoría simple en el Parlamento. La moción la presenta el Ministro Principal, previa consulta al Jefe de la Oposición. En el contexto de la composición del Parlamento desde hace decenios, esta disposición confiere a cualquier Ministro Principal, con el apoyo de su Gobierno, el control de quien ocupa el cargo de Presidente. El requisito de consultar al Líder de la Oposición no da a la Oposición ninguna influencia real sobre quién es nombrado. Las opiniones del Líder de la Oposición pueden ser ignoradas. En resumen, es el Ministro Principal quien elige y nombra cada cierto tiempo a la persona que ocupará el cargo de Presidente. AUTORIDAD DEL PRESIDENTE DEL PARLAMENTO SOBRE LAS PREGUNTAS DE LA OPOSICIÓN Generalmente, la autoridad procesal del Presidente en el Parlamento es enorme. Su autoridad sobre las preguntas de los diputados sirve de ejemplo. El objetivo de las preguntas en el Parlamento es obtener información o presionar a los ministros para que actúen. Una pregunta no debe tener como objetivo principal transmitir información, sugerir una respuesta propia o transmitir un punto de vista particular. Y lo que es más importante, no debe tener el efecto de un breve discurso. El Presidente tiene amplios poderes sobre las preguntas. Puede pedir a los diputados que no formulen preguntas complementarias, ya que puede ser un inconveniente que se soliciten demasiadas respuestas. Tiene derecho a velar porque las preguntas complementarias sirvan para aclarar las respuestas dadas. Si el Presidente deniega una pregunta o una pregunta complementaria, el diputado puede presentar una reclamación ante el Presidente. Estas observaciones se hacen siempre en privado. No se plantean como una cuestión de orden. REFORMAS Probablemente sea pertinente considerar la reforma de la manera de designar al Presidente, especialmente en el contexto de las reformas electorales y parlamentarias que son tan claramente necesarias. Teniendo en cuenta la autoridad conferida al cargo de Presidente, y la clara necesidad de imparcialidad, el camino a seguir podría ser un enfoque más consensuado, en el que el Ministro Principal y el Líder de la Oposición deberían estar de acuerdo. Un punto muerto se superaría si ambos nombrasen a tres personas, de entre cuyas candidaturas el Gobernador identificaría a la persona designada. La probabilidad de tal reforma es tan remota como la probabilidad de reforma de los actuales sistemas electoral y parlamentario.
Un Presidente sólo puede ser impugnado mediante una moción formal presentada ante el Parlamento de acuerdo con los procedimientos pertinentes. Teniendo en cuenta, por una parte, la estructura actual del Parlamento, en el que el ejecutivo y el legislativo son uno y el mismo y, por otra, el método de nombramiento del Presidente, las posibilidades de éxito de una moción de este tipo rozan el cero si la presenta algún diputado de la Oposición. ELECCIÓN DEL PRESIDENTE La Constitución establece que el Presidente es nombrado por una resolución aprobada por mayoría simple en el Parlamento. La moción la presenta el Ministro Principal, previa consulta al Jefe de la Oposición. En el contexto de la composición del Parlamento desde hace decenios, esta disposición confiere a cualquier Ministro Principal, con el apoyo de su Gobierno, el control de quien ocupa el cargo de Presidente. El requisito de consultar al Líder de la Oposición no da a la Oposición ninguna influencia real sobre quién es nombrado. Las opiniones del Líder de la Oposición pueden ser ignoradas. En resumen, es el Ministro Principal quien elige y nombra cada cierto tiempo a la persona que ocupará el cargo de Presidente. AUTORIDAD DEL PRESIDENTE DEL PARLAMENTO SOBRE LAS PREGUNTAS DE LA OPOSICIÓN Generalmente, la autoridad procesal del Presidente en el Parlamento es enorme. Su autoridad sobre las preguntas de los diputados sirve de ejemplo. El objetivo de las preguntas en el Parlamento es obtener información o presionar a los ministros para que actúen. Una pregunta no debe tener como objetivo principal transmitir información, sugerir una respuesta propia o transmitir un punto de vista particular. Y lo que es más importante, no debe tener el efecto de un breve discurso. El Presidente tiene amplios poderes sobre las preguntas. Puede pedir a los diputados que no formulen preguntas complementarias, ya que puede ser un inconveniente que se soliciten demasiadas respuestas. Tiene derecho a velar porque las preguntas complementarias sirvan para aclarar las respuestas dadas. Si el Presidente deniega una pregunta o una pregunta complementaria, el diputado puede presentar una reclamación ante el Presidente. Estas observaciones se hacen siempre en privado. No se plantean como una cuestión de orden. REFORMAS Probablemente sea pertinente considerar la reforma de la manera de designar al Presidente, especialmente en el contexto de las reformas electorales y parlamentarias que son tan claramente necesarias. Teniendo en cuenta la autoridad conferida al cargo de Presidente, y la clara necesidad de imparcialidad, el camino a seguir podría ser un enfoque más consensuado, en el que el Ministro Principal y el Líder de la Oposición deberían estar de acuerdo. Un punto muerto se superaría si ambos nombrasen a tres personas, de entre cuyas candidaturas el Gobernador identificaría a la persona designada. La probabilidad de tal reforma es tan remota como la probabilidad de reforma de los actuales sistemas electoral y parlamentario.